
La norma dispone respecto a la suspensión de actividades escolares y en todos los casos se comunicará de inmediato la novedad al supervisor institucional, quien dará cuenta de la misma a la Dirección de Nivel correspondiente. Asimismo, dentro de las 24 horas de producida la suspensión, se informará por escrito, especificando “fecha de inicio y de finalización prevista de la suspensión y causa que la motiva”.
Se comunica a las familias que no se computarán las faltas de los y las estudiantes, atendiendo a la decisión de cada una de ellas.